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Términos usados en el mercado de valores.
Lic. Jacqueline Dhimes
Dhimes & Marra / Abogados

El nacimiento del Mercado de valores de la República Dominicana tiene sus inicios a finales de los años 80. Un emprendedor grupo de empresarios dominicanos fundó la Bolsa de Valores de Santo Domingo, Inc. Esta entidad operaba bajo la sombrilla de la Ley 520 de 1920 sobre asociaciones que no persiguen un objeto pecuniario mejor conocida como las “asociaciones sin fines de lucro”.

Se inicia una nueva era para el empresariado dominicano. En sus comienzos algunas dificultades relucieron pero no impidieron el nacimiento de un mercado que cada día crece con mayor fuerza constituyéndose en una importante fuente de financiamiento para las empresas locales. Una de las dificultades de aquellos años era la falta de Ley, de regulación que contribuyera a crear un clima de confianza y transparencia entre los “actores” de aquella época del mercado: puestos de bolsa (que realizaban sus operaciones de intermediación y básicamente de colocación de las inversiones), agentes de bolsa, la bolsa y los inversionistas. En 1991 se inicia un importante proceso de discusión y concertación de la nueva Ley. Con la participación de la autora y de otros importantes empresarios, se comienzan estos trabajos que concluyen en el año 2000 con la aprobación de la Ley de Mercado de Valores.

Para los que se inician en la práctica comercial de los mercados de valores y para los abogados que desean conocer la materia el lenguaje en el mundo de las inversiones puede sonar como una lengua rara, extraña. Algunas expresiones existen desde aquellos días que antes mencionábamos en el que los intermediarios negociaban sin regulación. Otros términos son creados por la Ley y las nuevas regulaciones de las autoridades encargadas de su aplicación y, otros son tan nuevos porque surgen del desarrollo del mercado.

En este breve artículo, definiremos algunos términos de manera sencilla y fácil, tratando de simplificar sus significados para hacerlos de lectura fácil. Algunos son tomados de la propia Ley de Mercado de Valores otros de la doctrina y de conocimientos adquiridos durante nuestra práctica en esta materia:

ADMINISTRACIÓN DE CARTERA: Actividad desarrollada fundamentalmente por Administradoras de Fondos de Inversión, Administradoras de Fondos de Pensiones y Puestos de Bolsa, que consiste en la gestión de los valores en que son invertidos los aportes de personas físicas y jurídicas. Supone una facultad de disposición sobre los valores depositados.
BOLSA DE VALORES: es un mercado financiero en el cual donde se realizan operaciones de compra y venta de valores negociables.
TITULARIZACIÓN: Consiste en dar forma de instrumento transable a alguna obligación específica no transable, tal como una cartera de créditos bancarios o de cuentas por cobrar. Implica, por lo tanto, emitir un título homogéneo con sus propios plazos y tasas.
SUPERINTENDENCIA DE VALORES: Es un organismo autónomo del Estado, instituido por la Ley 19-00 cuyo objeto es promover, regular y fiscalizar el mercado de valores en República Dominicana. Asimismo dicha institución vela por la transparencia del mercado de valores y sus operaciones a través de la difusión de toda la información que sea necesaria, aplicando las sanciones administrativas correspondientes. En términos llanos este organismo supervisa todo el sistema bursátil.
FONDO DE INVERSIÓN: El fondo de inversión es un patrimonio autónomo integrado por aportes de personas naturales o jurídicas, entregado a una sociedad para que lo administre por cuenta y riesgo de los aportantes, la que deberá invertir este patrimonio de conformidad a reglas establecidas en la normativa emitida para regular dichas operaciones. Pueden ser abiertos o cerrados.


 



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