Términos
usados en el mercado de valores.
Lic. Jacqueline Dhimes
Dhimes & Marra / Abogados
El nacimiento del Mercado de
valores de la República Dominicana tiene sus inicios a
finales de los años 80. Un emprendedor grupo de empresarios
dominicanos fundó la Bolsa de Valores de Santo Domingo,
Inc. Esta entidad operaba bajo la sombrilla de la Ley 520 de 1920
sobre asociaciones que no persiguen un objeto pecuniario mejor
conocida como las “asociaciones sin fines de lucro”.
Se inicia una nueva era para el empresariado dominicano.
En sus comienzos algunas dificultades relucieron pero no impidieron
el nacimiento de un mercado que cada día crece con mayor
fuerza constituyéndose en una importante fuente de financiamiento
para las empresas locales. Una de las dificultades de aquellos
años era la falta de Ley, de regulación que contribuyera
a crear un clima de confianza y transparencia entre los “actores”
de aquella época del mercado: puestos de bolsa (que realizaban
sus operaciones de intermediación y básicamente
de colocación de las inversiones), agentes de bolsa, la
bolsa y los inversionistas. En 1991 se inicia un importante proceso
de discusión y concertación de la nueva Ley. Con
la participación de la autora y de otros importantes empresarios,
se comienzan estos trabajos que concluyen en el año 2000
con la aprobación de la Ley de Mercado de Valores.
Para los que se inician en la práctica comercial
de los mercados de valores y para los abogados que desean conocer
la materia el lenguaje en el mundo de las inversiones puede sonar
como una lengua rara, extraña. Algunas expresiones existen
desde aquellos días que antes mencionábamos en el
que los intermediarios negociaban sin regulación. Otros
términos son creados por la Ley y las nuevas regulaciones
de las autoridades encargadas de su aplicación y, otros
son tan nuevos porque surgen del desarrollo del mercado.
En este breve artículo, definiremos algunos
términos de manera sencilla y fácil, tratando de
simplificar sus significados para hacerlos de lectura fácil.
Algunos son tomados de la propia Ley de Mercado de Valores otros
de la doctrina y de conocimientos adquiridos durante nuestra práctica
en esta materia:
ADMINISTRACIÓN DE CARTERA: Actividad desarrollada
fundamentalmente por Administradoras de Fondos de Inversión,
Administradoras de Fondos de Pensiones y Puestos de Bolsa, que
consiste en la gestión de los valores en que son invertidos
los aportes de personas físicas y jurídicas. Supone
una facultad de disposición sobre los valores depositados.
BOLSA DE VALORES: es un mercado financiero en el cual donde se
realizan operaciones de compra y venta de valores negociables.
TITULARIZACIÓN: Consiste en dar forma de instrumento transable
a alguna obligación específica no transable, tal
como una cartera de créditos bancarios o de cuentas por
cobrar. Implica, por lo tanto, emitir un título homogéneo
con sus propios plazos y tasas.
SUPERINTENDENCIA DE VALORES: Es un organismo autónomo del
Estado, instituido por la Ley 19-00 cuyo objeto es promover, regular
y fiscalizar el mercado de valores en República Dominicana.
Asimismo dicha institución vela por la transparencia del
mercado de valores y sus operaciones a través de la difusión
de toda la información que sea necesaria, aplicando las
sanciones administrativas correspondientes. En términos
llanos este organismo supervisa todo el sistema bursátil.
FONDO DE INVERSIÓN: El fondo de inversión es un
patrimonio autónomo integrado por aportes de personas naturales
o jurídicas, entregado a una sociedad para que lo administre
por cuenta y riesgo de los aportantes, la que deberá invertir
este patrimonio de conformidad a reglas establecidas en la normativa
emitida para regular dichas operaciones. Pueden ser abiertos o
cerrados.